REGLAMENTO DE DISCIPLINA DEPORTIVA DE LA REAL FEDERACIÓN DE GOLF DE MADRID
TÍTULO I.- DE LA DISCIPLINA DEPORTIVA
CAPITULO I.- DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. REGULACIÓN NORMATIVA
El ejercicio del Régimen Disciplinario Deportivo, se regulará por lo previsto en la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte; y por el Decreto 195/2003, de 31 de julio, Reglamento de Disciplina Deportiva, en sus disposiciones de desarrollo; por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; por lo dispuesto en los Estatutos de la Federación de Golf de Madrid, relativos a los Órganos Disciplinarios, por los preceptos contenidos en el presente Reglamento y por cualesquiera otras disposiciones federativas que le sean de aplicación. Leer más...