Procedimiento del Canal Interno de Información
Bienvenido al Canal interno de información (denuncias) implantado en FEDERACION DE GOLF DE MADRID.
El Canal interno de información está integrado en el Sistema Interno de Información de FEDERACION DE GOLF DE MADRID y en el Procedimiento para la gestión de informaciones a los que se refiere la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
La finalidad del Canal es doble, por un lado, hacer posible la comunicación por parte de personas a las que se refiere el artículo 3 de la Ley que, en un contexto laboral o profesional, detecten conductas irregulares e infracciones penales o administrativas graves o muy graves previstas en el artículo 2 de la Ley; y por otro, que esas personas estén protegidas frente a posibles represalias.
Es el medio preferente para que las personas con una relación laboral o profesional puedan informar directamente a la empresa sobre infracciones graves o muy graves que tengan relación con la actividad propia de la misma.
Se permite la presentación y posterior tramitación de comunicaciones anónimas, si así lo decide la persona informante. En caso contrario, al hacer la comunicación, el informante podrá indicar, si así lo desea, un domicilio, correo electrónico o lugar seguro a efectos de recibir las notificaciones.
El canal interno de información permite garantizar la confidencialidad y la protección de datos, impidiendo el acceso de personal no autorizado. Igualmente, permite las garantías de protección al informante previstas en el Título VII de la Ley 2/2023 de 20 de febrero.
La identidad del informante será en todo caso reservada y no se comunicará a las personas a las que se refieren los hechos relatados ni a terceros.
Las informaciones que se tramiten en este canal se deben circunscribir a presuntas actuaciones que infrinjan el ordenamiento jurídico en los términos establecidos en el artículo 2 de la mencionada ley.
No se trata de un canal adecuado para solicitud de información, reclamaciones, quejas o sugerencias en el ámbito de la empresa.
Además del canal interno de información, los informantes tienen a su disposición los diferentes canales externos de información que resulten competentes para informar de la comisión de cualesquiera acciones u omisiones incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 2/2023, la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I. (https://www.proteccioninformante.gob.es/ ), las autoridades u órganos estatales o autonómicos correspondientes, y, cuando proceda, a instituciones, organismos o agencias de la UE.
SI DESEA REALIZAR UNA DENUNCIA ANÓNIMA:
NOTA: Si la denuncia se presenta de forma anónima y se remite por este medio, no será posible realizar el seguimiento ni recibir información sobre su tramitación, salvo que la persona informante facilite, dentro de la propia comunicación, un medio de contacto que preserve su anonimato.
SI DESEA REALIZAR UNA DENUNCIA IDENTIFICÁNDOSE:
Los siguientes documentos informan sobre los principios y procedimientos relativos al sistema interno de información y su gestión:
- CLÁUSULA INFORMATIVA SOBRE EL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES EN EL CANAL INTERNO DE INFORMACIÓN
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