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Escuela de Aspirantes a Jugador Profesional 2009

Con el objetivo de ofrecer la obtención de las vueltas necesarias para la licencia de Jugador Profesional, y por lo que se refiere al año 2009, el Comité de Profesionales de la Real Federación Española de Golf, junto con la

Con el objetivo de ofrecer la obtención de las vueltas necesarias para la licencia de Jugador Profesional, y por lo que se refiere al año 2009, el Comité de Profesionales de la Real Federación Española de Golf, junto con la Federación Madrileña de golf ha adoptado los siguientes acuerdos:

1.      Lugar y Fechas.

 

Centro Nacional de Golf

C/ Provisional Arroyo del Fresno Dos, 5
Madrid
28035 Madrid
Telf.: +34913769060
Fax.: +34913735340

Situado junto a la M-40 y El Pardo. Acceso por la Avenida Cardenal Herrera Oria y la C/ Ventisquero de la Condesa.

 

Fechas:

.

*         10 y 11 de Noviembre.

*         23 y 24 de Noviembre.

 

2.       Participantes. Podrán tomar parte en la prueba un máximo de 60 técnicos deportivos de golf, monitores, asistentes de maestro, maestros, sin categoría de jugador profesional.

 

      El criterio de selección será por estricto orden de inscripción, hasta cerrarse el cupo.

 

3.       Inscripciones. Todas las inscripciones deberán realizarse  a través de la página Webwww.golfspainfederación.com.

 

Los profesionales participantes abonarán 50€ de derechos de inscripción por los dos días de prueba.

 

4.       Forma de Juego. Las pruebas se jugarán a 36 hoyos Stroke Play.

 

 

5.      Disciplina. La RFEG ruega a todos los participantes que durante la estancia en el Centro Nacional de Golf, se respeten las instalaciones que gentilmente han sido cedidas. Adicionalmente, se exige un estándar de vestimenta acorde con la categoría profesional del evento. No se permitirá el uso de ninguna prenda poco decorosa, destacando entre otras las siguientes:

 

n     Pantalones vaqueros azules o de imagen poco decorosa.

n     Camisetas sin cuello (cuello redondo).

n     Calzado inapropiado.

 

Las acciones conflictivas de los competidores, podrán ser, a juicio del Comité Técnico Profesional de la RFEG, susceptibles de las correspondientes acciones disciplinarias a través del COMITÉ DE DISCIPLINA de la RFEG.

Estas normas son de gran importancia para el correcto desarrollo de la prueba y la imagen del profesorado de golf, y especialmente debido a la amable acogida del Centro Nacional de Golf.

 

NOTA:

 

EXTRACTO DE LA REGLAMENTACIÓN VIGENTE A EFECTOS DE OBTENCIÓN DE VUELTAS PARA LA SOLICITUD DE LA LICENCIA DE JUGADOR PROFESIONAL.

 

“Podrán solicitar la licencia de Jugador Profesional:

 

3)             Aquellos Profesionales sin licencia de Jugador Profesional, es decir, que ostenten exclusivamente una de las siguientes licencias:

 

(a)Monitor           (b) Asistente de Maestro          (c) Maestro       (d) Técnico Deportivo de Golf

 

que:

 

Realicen dos vueltas en pruebas Reservadas a Profesionales Sin Licencia de Jugador Profesional o pruebas reservadas a Jugadores Profesionales con un resultado igual o inferior al requerido por Hándicap Exacto EGA 1,4. Entre la obtención de la primera y la segunda vuelta se precisa un periodo máximo de 12 meses.

 

NOTA:

 

LOS ARBITROS DESIGNADOS EN CADA PRUEBA TOMARÁN NOTA DE LOS RESULTADOS DE LOS JUGADORES EN LOS HOYOS QUE CREAN OPORTUNO.

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